GANANCIAS Y BIENES PERSONALES 2021
Nos preparamos para recabar información acerca de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias, Bienes Personales y el Impuesto Cedular periodo 2021.

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¿Quiénes se encuentran obligados a presentar las declaraciones juradas?
Declaración jurada informativa
Quienes obtengan ingresos brutos anuales iguales o superiores a $ 2.500.000 en el año 2020 y 2021, por las siguientes actividades:
Cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de CABA, incluidos los cargos electivos de los Poderes Ejecutivos y Legislativos.
Trabajo en relación de dependencia
Jubilación
Pensión
Retiros o subsidios en cuanto tengan su origen sea el trabajo personal y en la medida que hayan estado sujeto al pago del impuesto
Trabajo personal de socios de sociedades cooperativas de trabajo
Monotributo
Las actividades alcanzadas por el Impuesto Cedular
Exentas, no alcanzadas o no computables en el impuesto a las ganancias
Deberán informar a ésta Administración Federal, el total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas.”
Para los períodos anteriores corresponden los siguientes valores:
Período 2019 > $2.000.000
Período 2018 > $1.500.000
Período 2017 > $1.000.000
Período 2016 > $500.000
Período 2015 > $300.000
Períodos 2007 al 2014 > $144.000
Declaración jurada determinativa
Quienes se encuentren inscriptos en el gravamen, aun cuando no se determine materia imponible sujeta a impuesto por el período fiscal.
Aquellos que les corresponda la liquidación del impuesto por darse los presupuestos de gravabilidad que las normas establecen, aun cuando no hubieran solicitado el alta con anterioridad al vencimiento fijado para cumplir con la obligación de determinación e ingreso. Igual obligación rige para los administradores de las sucesiones indivisas por las ganancias obtenidas por las mismas.
Las fechas para la presentación y pago, según número de CUIT, son las siguientes:

La presentación de la declaración jurada de carácter informativo podrá realizarse hasta el día 30 de junio de 2022, inclusive.
Te acercamos nuestras planillas de Relevamiento de datos para presentar las Declaraciones Juradas
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FUENTE: AFIP