Ingresos brutos 2022
¿Cómo quedarían las nuevas leyes tributarias provinciales para el 2022?
ARBA y AGIP publican sus leyes con las modificaciones anuales que contemplan los ajustes pertinentes para acercarse a la realidad económica del país y su objetivo de recaudación se actualiza.

ARBA: Ley 15.311 El texto completo de la Ley Impositiva: cuánto aumentan los impuestos en la provincia de Buenos Aires.
La Ley Impositiva de la Provincia de Buenos Aires fija un aumento de los impuestos patrimoniales del 35% promedio para la mayoría de los contribuyentes.
La Ley Impositiva impone topes de crecimiento progresivos y los montos de Ingresos Brutos no sufrirán cambios en el régimen de alícuotas.
Asimismo, en IIBB mantiene el esquema tributario vigente, de entre el 5%, 3,5%, 1,5% ó 0,75% según el rubro.
Además, la Ley Impositiva 2022 prevé una eximición por 12 meses a nuevos contribuyentes que se encuentren dentro de la categoría “A” del Régimen Simplificado del Monotributo e Ingresos Brutos.
En tanto, los impuestos patrimoniales se establecieron topes progresivos de crecimiento donde la gran mayoría de los contribuyentes tendrán aumentos igual o menores al 35%.
La actualización para aquellos que se ven obligados a tributar por tener algún inmueble en alquiler será a partir de ingresos mensuales mayores a $47.276 o anuales de $587.310.
Ley impositiva 2022 ARBA cuánto aumentan los impuestos
Ingresos Brutos Régimen Simplificado
Para agilizar y facilitar el cumplimiento tributario, la provincia de Buenos Aires implementa el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos -mediante la adhesión a Monotributo Unificado nacional- que permitirá reducir trámites y quitar carga administrativa a los monotributistas. Los nuevos valores ajustados pueden verse en la tabla por el periodo 2022. Más información

Impuesto Automotor
se disponen topes crecientes a mayor valor del dominio. Según la proyección oficial el incremento será igual o menor al 35%.
Inmobiliario Urbano Edificado
Se establecieron topes respecto del año anterior, ascendentes a mayor patrimonio. Así, casi el 90% de los contribuyentes pagará subas menores al 35%, y el resto afrontará incrementos de hasta 45%.
Impuesto Inmobiliario Urbano Baldío
Se reconstruyen los límites de la tabla de alícuotas para no sumar presión tributaria y se incorporó un tope del 45% de aumento.
Impuesto al Inmobiliario Rural
La Ley Impositiva actualiza la base imponible con similar escalonamiento progresivo al del Edificado. De esta forma, la mayoría de los contribuyentes tienen un incremento inferior al 35%.
Impuesto a los Sellos
Ley Impositiva adopta la misma política impositiva que la vigente durante 2021, manteniéndose las alícuotas vigentes.
Ley Impositiva 2022: el texto completo

AGIP: Ley 6.506 El texto completo de la Ley Impositiva: cuánto aumentan los impuestos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Ingresos Brutos y Sellos
En cuanto a los impuestos que reflejan la actividad económica en la Ciudad, el Impuesto sobre los Ingresos Brutos es el tributo que mayor participación registra en la composición total de los recursos tributarios con el 67,4%, alcanzando los $ 568.697 millones para el próximo año.
Por su parte, el Impuesto a los Sellos refleja el 7,7% del total, con una participación de $ 64.917 millones.
ESCALA DE RÉGIMEN SIMPLIFICADO 2022
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó, con el Código Fiscal 2022, un aumento de los topes para tributar Ingresos Brutos por el Régimen Simplificado. A partir del 1 de enero de 2022 se pueden incluir operaciones por hasta $ 2.600.000,00. La nueva tabla con los valores para el 2022:

ABL y Patentes
Por el Impuesto Inmobiliario/ABL se estima recaudar $ 56.646,8 millones, representando el 6,7% del total de los Ingresos Tributarios para el 2022.
En el caso de este impuesto se continuará aplicando la metodología implementada durante los últimos dos años, a través de la cual la actualización de este tributo estará en línea con la inflación.
En el 2022, este cálculo se seguirá realizando de manera mensual y progresiva, a diferencia de la anterior metodología, que aplicaba el incremento directamente en la primera cuota y en su totalidad.
Por una cuestión de procesos administrativos (que refieren tanto al momento en el que se toma la valuación de los inmuebles como al momento de la emisión de las boletas), para la primera cuota correspondiente a Enero 2022 se tomará la inflación de Agosto 2021, que fue del 2,9% y así sucesivamente mes a mes.
Por el lado de las Patentes, se estima recaudar $ 38.458,8 millones, representando el 4,6% del total de los Ingresos Tributarios.
En lo que respecta al pago del impuesto, en este caso tampoco existen modificaciones ni aumentos.
La valuación de los automotores se calcula anualmente de acuerdo a sus características y a los valores asignados por la cámara representativa de la actividad aseguradora automotriz, compañías aseguradoras, publicaciones especializadas y la cámara de concesionarios oficiales.
**Existen cuatro (4) categorías distintas según la valuación fiscal del automóvil: **
NOTA: Se incrementaron los rangos de cada una de estas cuatro categorías, con el fin de que el aumento de la valuación del auto en el mercado automotor no genere un salto de categoría y así no se incremente lo que se abona por la patente.
Beneficios para contribuyentes
ABL
• Pago anticipado: Quienes opten por el pago anual cancelarán completamente el impuesto y ya no se verán alcanzados por la actualización mensual del mismo durante el 2022.
• Buen cumplimiento de pago: 10% de bonificación por buen cumplimiento en 2021. Se aplicará sobre cada una de las cuotas mensuales del año 2022, pagando a término cada una de ellas. Sólo para personas humanas, partidas correctamente titularizadas y que no registren deuda vencida.
• Débito Automático: Bonifica el 100% de la última cuota (Cuota 12) a quienes hayan adherido su pago a Débito Automático antes del 30/06/2022. Sólo para personas humanas que hayan recibido la bonificación por buen cumplimiento de pago y partidas correctamente titularizadas.
Patentes
• Pago anticipado: Descuento del 10%.
• Buen cumplimiento de pago: 10% de bonificación por buen cumplimiento en 2021.Se aplicará sobre cada una de las cuotas bimestrales del año 2022 pagando a término cada una de ellas. Sólo para personas humanas, dominios correctamente titularizados y que no registren deuda vencida.
• Débito automático: Bonifica el 50% de la última cuota bimestral (Cuota 6) a quienes hayan adherido su pago a Débito Automático antes del 30/06/2022. Sólo para personas humanas que hayan recibido la bonificación por buen cumplimiento de pago y dominios correctamente titularizados.
Novedades 2022 para ABL y Patentes
Con motivo de las restricciones ocasionadas por la pandemia y por la caída en la actividad económica, durante el año 2020 muchos contribuyentes no pudieron hacer frente a sus obligaciones tributarias.
Aquellos que, además, eran buenos cumplidores, dejaron de percibir las correspondientes bonificaciones.
En ese sentido, a partir de ahora se le brindará la oportunidad de acceder a una bonificación del 5% a los contribuyentes que durante el 2022 paguen en término el ABL y la Patente, independientemente de su comportamiento tributario anterior.
• Bonificación por pago a término: 5% de descuento para personas humanas que paguen las cuotas del 2022 hasta la fecha de vencimiento.
• Recargo por pago fuera de término: 5% de recargo en cada cuota, más los intereses resarcitorios correspondientes hasta la fecha de pago.
Exenciones impositivas
Se seguirán manteniendo las siguientes exenciones que estuvieron vigentes durante el 2021. Entre las principales se encuentran:
• Exención total o parcial de ABL para Jubilados y Pensionados según lo previsto por la legislación.
•Exención para Personas con Discapacidad (ABL y Patentes) según lo previsto por la legislación.
• Exención de Ingresos Brutos para el primer emprendimiento con 2 empleados: 100% de beneficio para el primer año y 50% para el segundo.
• Exención de Ingresos Brutos de pleno derecho para profesiones liberales universitarias, actividades didácticas y/o pedagógicas, y actividades artísticas y/o culturales entre otras.
• Exenciones diversas para las empresas que se instalen en los Distritos Tecnológico, Audiovisual, de Diseño, del Deporte, de las Artes y del Vino.
Exenciones impositivas
• Exención del 100% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los jardines maternales.
Refiere a aquellos establecimientos destinados a la atención integral de la población infantil desde los 45 días de edad hasta los 4 años inclusive.
• Exención del 100% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos durante el primer año a los nuevos inscriptos en la Categoría Régimen Simplificado.
Además, se establece una exención del 50% durante el segundo año. Entre los beneficiados por esta medida se encuentran personas físicas que facturen hasta $ 2.600.000 al año. Esta exención les permitirá ahorrar hasta $ 78.000 anuales o $ 13.000 bimestrales.