MONOTRIBUTO 2022
La ley de monotributo en su art. 52 dispone que anualmente se realizará una actualización de los montos máximos de facturación, de alquileres devengados y el precio máximo unitario de ventas que sirven para determinar la categoría del contribuyente, junto a los importes del impuesto integrado y las cotizaciones previsionales que deben ingresar los sujetos incluidos en el Régimen Simplificado.
Dicha actualización se efectúa teniendo en cuenta la proporción de las 4 últimas variaciones del índice de movilidad de las prestaciones previsionales -previsto en el artículo 32 de la ley 24241-.
Teniendo en cuenta esto último, y según los cálculos efectuados desde Errepar, dicha variación ascendería a %52,67.
En base a este porcentaje, compartimos a continuación la tabla con los valores de los parámetros aplicables a partir de enero 2021 y recordamos que los mismos pueden sufrir pequeñas variaciones con respecto a los que publique la AFIP en su página web.
FUENTE: Errepar
VALORES ESTIMADOS FACTURACION Y GASTOS:
(otros parámetros a considerar KW - alquileres - m2)
